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Certificación energética en edificios, viviendas y locales

LedsCenter colabora con Técnicos especialistas en certificados de eficiencia energética en inmuebles cómo Arquitéctos y Arquitéctos Técnicos cualificados debidamente en la materia dando un servicio de certificación de edificios en cualquier parte de España, eficaz, fiable, óptimo, profesional y al mejor precio. Solicitanos un presupuesto de certificación energética enviándonos un correo con tus datos de contacto y las características del inmueble que se detallan más abajo a info@ledscenter.com o en el teléfono 902 002 358

¿Qué es la certificación energética de edificios?

Desde el 1 de Junio de 2013, todo propietario que quiera vender o alquilar su vivienda o local estará obligado a disponer de un certificado de eficiencia energética sobre el bien inmueble a vender o arrendar, que tendrá una validez de diez años y donde se especifíca la eficiencia del edificio ó vivienda respecto al consumo de energía y las emisiones de CO2 que genera. Así pues por Real Decreto será obligatoria la muestra del certificado energético en cualquier anuncio de venta o alquiler del bien inmueble; algo que ya se realiza desde hace años en países de la Unión Europea como Francia e Italia.

Europa con su Directiva 2010/31/UE, insta a España a su cumplimiento y obliga a que este Certificado Energético lo posea todo edificio o vivienda que salga al mercado, tanto en venta como en alquiler y tanto si es nueva como si es de segunda mano.

Así pues y tras el estudio de certificación energética los inmuebles serán catalogados con las letras A, B, C, D, E, F y G (lo que se viene a llamar la etiqueta de eficiencia energética) de acuerdo al resultado obtenido de la certificación realizada por un técnico competente en la materia. Se otorgará la letra A (la máxima calificación) a aquellos inmuebles que consuman menos energía y la letra G (la mínima calificación) a aquellos inmuebles que sea mucho menos eficaces energéticamente hablando.

Por medio de esta etiqueta, se pretende favorecer y fomentar la promoción de inmuebles de alta eficiencia energética.

¿A que tipo de edificaciones o inmuebles afecta?

Es de obligada aplicación tanto a los edificios completos como a sus unidades. Se entiende por unidades las partes, plantas, viviendas, apartamentos y locales comerciales; como pueden ser pisos de un bloque de viviendas o las tiendas ubicadas habitualmente en la planta baja de dichos edificios. De manera general afecta a los siguientes inmuebles:

Edificios de nueva construcción o rehabilitaciones parciales de los ya existentes.

  • Modificaciones, reformas o rehabilitaciones de edificios existentes de más de 1.000 m² donde se renueve más del 25% de sus cerramientos.
  • Edificios o unidades de edificios existentes que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario.
  • Edificios o unidades de edificios en los que una autoridad pública ocupe una superficie útil total superior a 250 m² y que sean frecuentados habitualmente por el público.
  • Edificios o unidades de edificios de titularidad privada con una superficie útil total superior a 500 m² y que sean frecuentados habitualmente por público.

¿Qué obligaciones impone la certificación energética?

Se obliga al sector inmobiliario a incluir el resultado del certificado de eficiencia energética en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento de un inmueble.

El propietario ó promotor del inmueble:

  • Es el responsable de encargar la realización de la certificación de eficiencia energética, y de conservar la correspondiente documentación durante el período de vigencia del mismo (10 años).
  • Deberá presentar el certificado de eficiencia energética realizado por el técnico al órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente para su registro y constancia.
  • Deberá mostrar al comprador o nuevo arrendatario potencial el certificado de eficiencia energética o una copia de este. En caso de que resulte formalizada la venta se deberá entregar el certificado al nuevo comprador, y en caso de alquiler, una copia al arrendatario.

¿Cómo conseguir el certificado de eficiencia energética?

El certificado es el documento que acredita la calificación ó etiquetado energético de la vivienda tras la realización del proceso de certificación que deberá ser realizado y firmado por un técnico colegiado (Arquitecto, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico o Ingeniero). LedsCenter colabora con Quadrum arquitectura que dispone del personal técnico cualificado y los medios necesarios para realizar las certificaciones energéticas de viviendas a todos los agentes del sector inmobiliario, propietarios, promotores, etc. a nivel nacional.

 

Solicita un presupuesto para tu certificado energético

Envíanos un email a info@ledscenter.com con la siguiente información, datos básicos de su inmueble; situación y dirección, código postal, provincia, tipología (vivienda aislada, piso o vivienda en bloque, unifamiliar adosada, local comercial, nave industrial...) superficie del mismo, año construcción, número de plantas, si tiene calefacción, su nombre, dirección y un teléfono de contacto o email y te facilitaremos sin compromiso un presupuesto a medida de tus necesidades.


Preguntas Frecuentes sobre Certificación Energética

¿A partir de cuándo es obligatorio disponer del Certificado de Eficiencia Energética en mi edificio, vivienda o local?
El pasado 13 de abril de 2013, se publicó en el BOE el Procedimiento básico para la Certificación Energética de Edificios Existentes, en el que se indica que a partir del 1 de junio del mismo año entraría en vigor y exigirá que cualquier vivienda o local que vaya a ser vendido o alquilado, deberá disponer de un certificado de eficiencia energética realizado por un técnico cualificado.
 
¿Qué se quiere transmitir con esto?
Pues que si eres propietario antes de la mencionada fecha tienes que gestionar el documento, ya que tu potencial cliente estará en su derecho de solicitártelo. Dicho certificado se adjuntará al contrato de compraventa y en el caso de los alquileres, facilitar al menos una copia al arrendatario.
En el caso de las empresas inmobiliarias, será obligatorio que a partir de esa fecha, los expositores en donde se publicitan las viviendas y locales, se expongan claramente la etiqueta energética junto a la vivienda que corresponda.
 
¿Para qué sirve el Certificado de Eficiencia Energética?
Desde el punto de vista del consumidor, el Certificado de Eficiencia Energética sirve para dar información al potencial comprador o arrendatario, proporcionándoles datos acerca del consumo energético necesario para mantener los servicios necesarios.
Como ejemplo, supongamos que dudamos entre dos viviendas las cuales pretendemos comprar o alquilar. Si una de ellas presenta un certificado A y otra uno C, este certificado nos indica que el optar por la vivienda con una calificación C, para un mismo nivel de confort y utilizando los mismos sistemas de calefacción, climatización, etc, nos va a ocasionar un mayor gasto energético que la opción A.
 
¿Quién puede realizar el certificado de eficiencia energética de mi vivienda?
Se lo puede facilitar todo aquel técnico que esté en posesión de titulación académica y sea profesional colegiado cualificado , y puede ser de libre elección por parte del propietario. Los arquitectos técnicos o aparejadores están dentro del grupo de los profesionales más adecuados para realizar este tipo de tramitación.
 
¿Que pasaría si alquilo o vendo mi vivienda, inmueble o local sin su certificación energética correspondiente?
Pues que puedes ser sancionado administrativamente en base a la Ley General de defensa de los consumidores como así se estipula en el art. 17 del Procedimiento básico para la Certificación Energética de Edificios Existentes.
Además, el contrato de compraventa o de arrendamiento podrá ser declarado nulo por falta de información al comprador o arrendatario, derivando posiblemente en indemnizaciones por los perjuicios ocasionados.
 
¿Que persona esta obligada asolicitar el Certificado de Eficiencia Energética en Edificios Existentes?
El propietario del edificio, de la vivienda o local, será el responsable de encargar la realización de la certificación, así como de su conservación, incluyéndola en el Libro del Edificio o en su defecto, junto a la documentación del mismo.
 
¿Qué periodo de validez tiene?
Cada certificado tiene un periodo de validez de 10 años en general, aunque puede variar dependiendo de la Comunidad Autónoma a la que se pertenezca. Si en el edificio, vivienda o local se produjeran reformas que se consideren mejoras que pueden intervenir en el Certificado de Eficiencia Energética, el propietario podrá proceder voluntariamente a su renovación. En este caso sería conveniente que ante cualquier reforma que afectara al rendimiento eficiente de su vivienda o local, se contactara previamente con un técnico con el fin de elaborar un estudio previo de las mejoras más efectivas antes de iniciar cualquier reforma.
 
¿Existen controles para evitar el fraude en las certificaciones?
La respuesta es Si. La Comunidad Autónoma en materia de certificación energética de edificios establecerá y aplicará un sistema de control, empleando técnicos cualificados, aunque la legislación al respecto a día de hoy, está aún por elaborarse ya que es una normativa de reciente creación pero la Ley obliga a ello.
 
¿Cuánto me puede costar la certificación energética de mi vivienda?
El coste de este tipo de certificado no es una tarifa plana sino que intervienen y depende de muchos factores ( tales cómo los m2 útiles de la vivienda, si está aislada o forma parte de un bloque de pisos, la comunidad autónoma donde este ubicado el inmueble,…). Lo ideal es que solicite al técnico correspondiente un presupuesto personalizado, de este modo se ajustará al máximo a sus necesidades sin sorpresas posteriores.